La obtención del transfer provisional por parte del futbolista


La obtención del transfer provisional por parte del futbolista (CTI)

 

Cuando un futbolista está registrado en una asociación a nombre de un club y pretende el traspaso a otro club afiliado a una asociación distinta, se necesita indefectiblemente la tramitación del Certificado de Transferencia Internacional (CTI) a través del Transfer Matching System (TMS).

 

Para que un jugador pueda inscribirse en la nueva asociación y ser elegible para disputar partidos oficiales con su nuevo club, la anterior asociación debe remitir el correspondiente transfer, que la asociación de destino deberá solicitar como máximo el último día de su período de inscripción.

 

Si la asociación de origen no encuentra impedimentos, dentro del plazo de 7 días desde la fecha de solicitud del CTI, lo entregará a la nueva asociación e introducirá la fecha de baja del jugador.

 

Empero, si en dicho lapso advierte razones convincentes (v.gr. el contrato no ha vencido o no existe mutuo acuerdo de rescisión anticipada), rechazará la solicitud del CTI e indicará en el TMS los motivos pertinentes.

 

En caso de que transcurran 15 días desde la petición del transfer y la nueva asociación no ha recibido respuesta, se inscribirá inmediatamente al jugador en el nuevo club a título provisional.

 

Esta inscripción provisional se transformará en permanente cuando se cumpla un año desde la solicitud del CTI. La Comisión del Estatuto del Jugador de la FIFA (CEJ) podrá anular la inscripción provisional si en ese plazo la asociación anterior alega razones válidas de su silencio.

 

Entonces, si surge un conflicto contractual entre el club anterior y el futbolista profesional, la asociación de origen no emitirá el CTI, lo que conduce a la petición del denominado CTI provisional.

 

En razón de las vicisitudes expuestas, tanto el jugador como los clubes antiguo y nuevo tienen derecho a interponer un reclamo ante la Cámara de Resolución de Disputas de la FIFA (CRD), aduciendo los argumentos adecuados para establecer si todavía existe contrato vigente y consecuentemente dirimir responsabilidades.

 

Además, se incoa concomitantemente un procedimiento ante el Juez Único de la CEJ referido a la obtención del CTI provisional.

 

En ese sentido, el nuevo club peticiona la inscripción provisional del futbolista y conforme lo estipulado por los Comentarios al Reglamento FIFA, será concedida si resulta útil para proteger al jugador de un daño irreparable, si existe la probabilidad de éxito en la reclamación del jugador y si los intereses del futbolista son mayores que los de la parte contraria (balance de conveniencia de intereses).

 

 

Es importante tener en cuenta que el otorgamiento del CTI provisional permite la continuación de la carrera del jugador y está íntimamente relacionado con su derecho a trabajar, aunque su entrega se efectúa sin perjuicio de la indemnización por incumplimiento de contrato y la posibilidad de ser sancionado deportivamente.