En este post, la agencia de fútbol JEP Sports Management, aclara la duda de uno de nuestros agentes asociados, que a su vez, es una duda muy común, en los clubes de fútbol donde les falta un dominio de las normativas de la rfef y la fifa.
Una vez pasado el límite establecido para poder fichar en la 3ª división de España, final de enero 2021, a partir del 1 de febrero solo se podrán fichar jugadores que estén sin equipo, que tengan una ficha federativa libre, o a causa de una lesión de larga duración en sus plantillas.
EXCEPCIONES:
- El futbolista profesional, -es decir, el jugador con licencia "P" (profesional)-, cuyo contrato ha vencido antes de que los referidos plazos concluyan, así como aquel jugador que, con licencia "A" -(aficionado)-, acredite encontrarse en situación legal de desempleo como consecuencia de la finalización de su contrato laboral con la entidad deportiva antes de que los citados términos finalicen, podrán inscribirse fuera de dicho período de inscripción.
- También podrá autorizarse excepcionalmente la expedición de licencia fuera de estos períodos reglamentarios cuando un jugador de la plantilla cause baja por enfermedad o lesión que lleve consigo un período de inactividad por tiempo superior a cinco meses, siempre y cuando la inscripción del futbolista sustituto no requiera la expedición de Certificado de Transferencia Internacional (CTI).